El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha desestimado los recursos interpuestos por la Federación de Servicios a la Ciudadanía del Sindicato Comisiones Obreras, en los años 2013 y 2015, contra los acuerdos de la Junta General del Consorcio a través de los que se amplió la jornada especial de trabajo de los bomberos a 40 horas semanales.
Esta medida de ampliación fue acordada en el anterior mandato de José Miguel Bravo de Laguna y desde el sindicato de CCOO se interpusieron sendos recursos para su anulación que fueron estimados por los Juzgados de Primera Instancia; ahora, mediante las sentencias dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contra las que no cabe recurso alguno, de fecha 13 de junio de 2016, se da la razón al Consorcio de Emergencias de Gran Canaria y se legitima la medida adoptada.
Según la parte recurrente, los acuerdos sobre este asunto fueron determinados en la Junta General del Consorcio de Emergencias sin un proceso negociador con los trabajadores. No obstante, según la sentencia, sí que se mantuvieron múltiples reuniones para tratar el asunto, tanto con la Junta de Personal, la Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del Acuerdo de Condiciones de Trabajo, con la Mesa General de Negociación y con el Comité de Huelga.
Además de ello, el número de horas de la jornada de trabajo en cómputo anual no puede modificarse en virtud de negociación colectiva, por lo que la aplicación de la jornada especial ha de ser independiente a los acuerdos y no podrá ser inferior a las 40 horas de trabajo efectivo a la semana en cómputo de promedio anual.
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